viernes, 3 de agosto de 2012

Acción diferida: Unos recursos

La acción diferida para los llegados en la infancia (“acción diferida”) es una medida temporal. No es el Acta de Sueños (“DREAM Act” en inglés) que sería una medida permanente.

Una fuente clave es la página de Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (“USCIS” por sus siglas en inglés) que contiene explicaciones de la acción diferida y otros temas de inmigración. Se incluyen los formularios.

Se implementará la acción diferida el 15 de agosto. Según el informe en inglés (publicado el 3 de agosto y ya traducido al español) del propio gobierno, el proceso costará $465.00 y los criterios son siete:

(1) haber nacido después del 15 de junio de 1981
(2) haber llegado a los Estados Unidos antes de haber cumplido 16 años
(3) haber residido continuamente en los Estados Unidos desde el 15 de junio del 2007 hasta el presente (algunas ausencias breves e inocentes se pueden perdonar después de una evaluación de los méritos)
(4) haber estado presente en Estados Unidos el 15 de junio de 2012
(5) haber entrado a Estados Unidos sin documentos antes del 15 de junio de 2012 o haber pasado la fecha límite de un visado antes del 15 de junio de 2012
(6) estar asistiendo a la escuela, haberse graduado de la escuela superior, poseer un Certificado de Educación General (GED, por sus siglas en inglés), o haber servido de manera honorable en la Guardia Costanera o en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos
[el 7 de agosto el director de USCIS, Alejandro Mayorkas, clarificó  que las personas que dejaron los estudios podrían cumplir con este criterio si están asistiendo a la escuela en el momento de solicitar la acción diferida]
(7) no haber sido encontrado culpable de un delito grave, un delito menor de peso o tres delitos menores, y no representar una amenaza a la seguridad nacional o a la seguridad pública


Aparte, cada solicitante tiene que haber cumplido 15 años en el momento de mandar la solicitud si nunca ha estado en un proceso de deportación o si su caso fue terminado antes de la fecha de la solicitud.
USCIS dice que “estos individuos también tendrán que completar la verificación de antecedentes.
Los que han sido “encontrados culpables de un delito grave, un delito menor de peso, tres delitos menores, o representan una amenaza a la seguridad nacional o a la seguridad pública” serán descalificados para la acción diferida y referidos para procesos de deportación.


¡Ojo! el delito de conducir bajo la influencia de alcohol o drogas ("DUI" por sus siglas en inglés) se considera como un delito menor de peso.
Para las personas que no tienen antecedentes penales, USCIS mantendrá confidencialidad con respecto a cualquier proceso de deportación. Incluso si se rechaza la solicitud para la acción diferida, USCIS no compartirá la información con ICE.
Hay organizaciones sin fines de lucro que informan. El Consulado de México ha hecho campaña para informar a los mexicanos que podrían calificar. La Unión de Libertades Civiles de los Estados Unidos (ACLU por sus siglas en inglés) ha estado colaborando para informar en general sobre los desafíos de inmigración.

Las organizaciones de estudiantes merecen un reconocimiento por su labor, tales como Salt Lake Dream Team, Utah Valley Dream Team y grupos conectados con la Universidad de Utah, UVU, SLCC, WSU, etc. Los jóvenes han informado miles sobre los cambios y abogan a favor de causas humanitarias.

Si uno quiere asesoría, existen organizaciones como Holy Cross Ministries y Catholic Community Services que cuentan con buenos abogados y experiencia en el campo de la inmigración. También hay abogados y asesores.

Puntos finales: A mediados de julio, el gobierno anunció un nuevo recurso en línea que provee información en 22 idiomas. Empieza con “Welcome,” “Bienvenida,” “Bem-Vindo,” etc. Ojalá que el servicio este a la altura de la portal.

Muchas personas tienen preguntas sobre la ciudadanía. Aunque algunas personas pueden sacar la ciudadanía sin tener que ir por el examen del inglés, las mayoría sí van a tener que hacerlo. Aquí hay materiales para el examen del inglés y aquí para el examen del civismo. Y para terminar en español: la explicación de los exámenes de ciudadanía.

domingo, 29 de julio de 2012

Sostiene Jesús: El sueño americano resuena en los inmigrantes


Jesús nació en México hace 24 años. Hace once años, Jesús y su familia consiguieron visados de turistas y visitaron a Utah. Se quedaron.

Jesús tenía la piel pálida. Pasaba perfectamente como una persona de Utah. Pertenecía a la iglesia mormona.

Al principio, cuando iba a la escuela y hablaba inglés con un acento fuerte, los compañeros se reían. Pensaban que Jesús estaba bromeando. Creían que era americano en el sentido estadounidense.

Jesús estudió inglés y lo aprendió bien en un año. Los niños suelen hacer eso. Unos años más tarde, Jesús hablaba mejor el inglés que el español. Hoy día, habla bien los dos idiomas aunque confiesa: “cuando me pongo nervioso, el acento en inglés me sale.”

Jesús ha estudiado administración de empresas. Ha trabajado en la construcción, la jardinería, las ventas y el servicio al consumidor. Hace unos años, montó una asesoría para ayudar a las empresas pequeñas. Jesús dice, “obtener una licencia de negocios es como conseguir un trabajo. Si aciertas con la impresión y las respuestas, no te hacen tantas preguntas.”

Jesús conoce el riesgo de estar indocumentado: “Cualquier día aquí podría ser el último. Cualquier día, podríamos caer en una redada, en una trampa. No puedes saltar ningún semáforo en rojo, incluso en amarillo. No puedes meterte en ningún problema.”

Los indocumentados tienen que lidiar con mucho estrés. Algunos beben o festejan para escapar. Amigos de Jesús han caído en las adicciones.

Otros se conforman con una existencia de segunda. Jesús se acuerda de unos comentarios de su padre después de recibir un trato discriminatorio en un banco: “No somos de aquí. No podemos hacer nada. No tenemos derechos.” Jesús no está de acuerdo.

Jesús vive con la incertidumbre, pero la trata como un desafío. Jesús describió una actitud que ha vista en México. Cuando hay problemas, es siempre la culpa del gobierno, del presidente. Jesús se pregunta, “Quizás la culpa es de las personas. ¿Cómo podemos cambiar si seguimos viviendo como siempre hemos vivido?”

Jesús enfatizar la necesidad de actuar: “Somos líderes por nuestro ejemplo. Si ponemos buen ejemplo, hacemos la diferencia todos los días.”

Jesús se ha enfrentado la dificultad. Hace unos años, tuvo que ir a la cárcel por no haber pagado una multa. Solo pasó unos días en la cárcel, pero Jesús sabía que las leyes de Utah elevaron el riesgo de caer en manos de inmigración (ICE).

Durante su primer día dentro, observó a un agente de ICE . Jesús tuvo que pasar por delante de ese agente, pero nada ocurrió. Había pasado con su estatus desapercibido. Después de tres días, Jesús salió de la cárcel.

Jesús tiene mucha determinación. Aunque vino como niño, Jesús no pone excusas por su estatus indocumentado. Aboga abiertamente a favor de una reforma migratoria justa y humanitaria. Opina que varios sistemas del país se han colapsado a causa de la avaricia, la irresponsabilidad y el odio.

Los estadounidenses quieren una mano de obra barata para hacer el trabajo que ellos mismos no quieren hacer. Pero no quieren dar papeles a esos trabajadores extranjeros. Los negocios tienen problemas porque no pueden encontrar a trabajadores calificados y documentados.

Una empresa implementó la verificación en el empleo. Despidió a muchos indocumentados. Después tuvo que emplear a más empleados menos productivos. Un trabajador ciudadano destruyó una máquina cara de la empresa. La empresa decidió volver a contratar a los indocumentados. Cuando la ley está reñida con la necesidad económica, la necesidad suele ganar.

Hice una pregunta a Jesús: “¿Por qué crees que mereces el estatus migratoria en este país?” Jesús me respondió: “No quiero estatus aquí. Por eso, me declaro indocumentado. No tengo miedo. México es mi país. Si me deportan, me estarán dando un viaje gratis. Pero ahora, tengo la capacidad de hablar a favor de otros. Hablo dos idiomas y entiendo la belleza de dos culturas. Solo me gustaría seguir aquí para largo si podemos convivir, si podemos unirnos.”

El sueño americano resuena en las palabras de Jesús. Resuena en los indocumentados.




Una versión de este artículo en inglés se encuentra en: http://www.selectiveecho.com/jesus-comes-out-immigrant-courage-in-profile/

jueves, 26 de julio de 2012

Híbrido Americano: Historias de Inmigración

Se dice que Estados Unidos es un país de inmigrantes. Se puede decir que América es un lugar de inmigrantes. La dignidad de cada persona se debería respetar.

Cada voz cuenta. Cada historia cuenta. En cualquier idioma.

Las comunidades se hacen a base de individuos, pero hay una tendencia fuerte de generalizar. Estudios indican preferencias políticas, comerciales y sociales de algunas etnias, razas y religiones. Pueden ser académicamente rigurosos o no tan rigurosos.

Las generalizaciones son importantes en el marco de la sociedad, pero en un mundo cada vez más diverso, son imprescindibles las historias personales que nos ayudan apreciar y respetar las identidades.

Los testimonios de los estudiantes indocumentados (Dreamers en inglés) han tenido gran impacto en la política. La sociedad estadounidense está dándose cuenta de que muchos indocumentados comparten valores, deseos y sueños similares a los suyos. Esto ha ocurrido en base a las historias.

Vladimir Nabokov ha sugerido que la “Realidad” es una palabra que siempre tiene que ir entre comillas. Es diferente para cada individuo. Esto presenta desafíos y oportunidades. Sería imposible abarcar cada realidad; no obstante, sería interesante, una manera de acercarse a algo nuevo.

Hace unos años entrevisté a un estudiante universitario. Era mexicana, pero había vivido muchos años aquí. Hablaba muy bien el inglés, y aparte de ser bilingüe, era bicultural, incluso multicultural. Se refirió a si misma como híbrida, una mezcla.

Todos los americanos son hasta un grado u otro híbridos. Vienen de muchos lugares y tradiciones. Muchos saben que la palabra “americano” se puede referir a todas las personas de las Américas, Norte, Centro y Sur.

La naturaleza híbrida de América es una fortaleza. La inmigración es parte de esa fuerza positiva que facilita el desarrollo y la vitalidad de la sociedad. Una sociedad dinámica siempre está renovándose.

Se celebra el progreso económico. En Utah, es indudable el crecimiento de algunos negocios hispanos en West Valley, Ogden y Salt Lake. Ha sido impresionante el boom en Redwood Road. Las organizaciones y los medios crecen casi sin parar.

Estos éxitos han ocurrido a base del esfuerzo individual y colectivo. Van de la mano con la inmigración, tanto documentada como indocumentada.

Para seguir este desarrollo y otros asuntos, se ha formado la página bilingüe “American Hybrid: Stories of Immigration” o “Híbrido Americano: Historias de Inmigración,” en Facebook.

Las mejores páginas permiten el intercambio de ideas e incluso la discusión. Es un desafío del escritor que pasa mucho tiempo delante de una hoja blanca o el ordenador sin interactuar con gente. Pero hoy día la tecnología nos permite enterarnos de lo que funciona bien y el contrario.

Los buenos escritores siempre han pasado más tiempo escuchando y leyendo que escribiendo. ¿Quién no quiere buscar una historia que de verdad cuenta?




Se publicó una versión de este artículo en "La Bala Magazine" el 20 de julio de 2012.

domingo, 15 de julio de 2012

Las historias cuentan

“Abrir las mentes con las historias.” –el lema de Utah Humanities Council

Hoy día el mundo parece caótico. A la vez es más diverso. La diversidad presenta desafíos y oportunidades. La apreciación de las ventajas de la diversidad depende mucho de las historias personales. Las historias cuentan.

En su libro “La gran novela latinoamericana,” Carlos Fuentes describió varios mitos, maneras de entender o lidiar con la vida. Explicó varios conceptos del “mito,” incluso “mitos nuevos, nacidos de circunstancias nuevas.”

Los mitos nuevos y los antiguos forman parte de la literatura y la historia. Hay nexos. Fuentes dijo, “Todo gran escritor, todo gran crítico, todo gran lector, sabe que no hay libros huérfanos: no hay textos que no desciendan de otros textos.”

El texto puede ser algo físico, palpable, como la revista que un lector sujeta, o no tan físico, como la imagen en la pantalla. Los textos crean conexiones a través de las historias y sus ideas, contadas o sugeridas, verdaderas o ficticias.

Hoy día un libro o una revista puede ser algo electrónico, digital, raro hubiera sido hace dos décadas. Sin embargo, perdura la conexión, incluso la hiperconexión que conlleva sus pros y sus contras. Lo que queda es una realidad transformada, diferente.

Impresas, digitales o verbales, las historias cuentan. Aunque se suele buscar estadísticas, estudios académicos, etc., para reforzar los argumentos, las historias personales que se cuentan tienen un gran impacto.

Este año ha evolucionado la política respecto a los estudiantes indocumentados. Conforme con la cantidad de historias y la valentía de muchos jóvenes de contarlas, la sociedad se ha abierto a la idea de que los indocumentados comparten valores, deseos y sueños similares a los suyos.

Lo mismo ha ocurrido durante los últimos años con el tema de los homosexuales. La retórica política (de la derecha, de la izquierda o del centro, no importa) suele interponerse; no obstante, a fin de cuentas, son las historias individuales que más cuentan.

A pesar de algunos desvíos, parece que la sociedad se encamina para apreciar más las libertades de los demás, incluso cuando algunos, a veces muchos, no están completamente de acuerdo con el uso de esas mismas libertades.

Es importante evitar la trampa de caer en un optimismo ciego, pero cada vez se ven grupos antes aislados incorporándose íntegramente a las comunidades. Se ve la diversidad como un factor que fortalece y enriquece a la sociedad.

Carlos Fuentes escribió: “cada lector crea su libro, traduciendo el acto finito de escribir en el acto infinito de leer.” Adaptando eso aquí, cada historia personal presenta otra oportunidad para el desarrollo infinito de apreciar.

lunes, 9 de julio de 2012

Acción diferida para jóvenes: un paso hacia la reforma

Las claves del éxito deberían ser la educación y el esfuerzo. Los hispanos aportamos mucho a nivel económico, cultural y social. Nos hemos vuelto imprescindibles en muchos aspectos. Desafortunadamente, siempre está presente el tema migratorio. Que curioso que en un país de inmigrantes encontramos tanta resistencia a una política más humanitaria.

Es válida una crítica al Presidente Obama por no haberse esforzado lo suficiente para impulsar una reforma migratoria. A la vez, señalo que la reforma migratoria es responsabilidad del Congreso y que unos extremistas del partido Republicano han prometido bloquear cualquier reforma migratoria que proporcionaría una oportunidad a los indocumentados para legalizar su estatus.

El 15 de junio, el Presidente Obama anunció una iniciativa administrativa para parar las deportaciones de algunos indocumentados. En su esencia, la iniciativa implementaría algunos principios del Acta de Sueño de 2010 que fue bloqueado por algunos Senadores Republicanos en diciembre de ese año.

Un político: ni amigo ni enemigo. Sin embargo, hace falta decir la verdad. La iniciativa del Presidente Obama es un juego político. Pero es un juego político mucho mejor que la oposición Republicana que busca la auto-deportación de los indocumentados.

Si los Republicanos quieren demostrar su buena voluntad de buscar una solución migratoria, deberían declararse a favor de un trato humanitario de los indocumentados, como mínimo a favor de los jóvenes indocumentados. Si no pueden hacer ni eso, sus quejas en contra del Presidente Obama son mentiras.

Es importante recalcar que la directiva se implementará dentro de un plazo de 60 días a partir del 15 de junio de 2012. Será importante actuar a tiempo, pero siempre con calma. La mejor manera de proteger los derechos es conocerlos.

El gobierno ha declarado que no quiere deportar a las personas que cumplen con cinco criterios:

1. vino a los Estados Unidos siendo menor de dieciséis años de edad;

2. ha residido ininterrumpidamente en los Estados Unidos durante al menos cinco años antes del 15 de junio de 2012 y está presente en los Estados Unidos en ese mismo día;

3. está asistiendo actualmente a la escuela, se ha graduado de la enseñanza secundaria, ha obtenido un certificado de desarrollo de educación general, o es un veterano que ha sido dado de alta con honores de los Guardacostas o las Fuerzas Armadas de Estados Unidos;

4. no ha sido condenado por un delito mayor, un delito menos significativo, múltiples delitos menores ni representa una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública;

5. no es mayor de treinta años de edad.

Se abre incluso la posibilidad de aplicar a los que han recibido órdenes de deportación, siempre que cumplan con dichos criterios. De una población indocumentada de 11.5 millones, se estima que entre 8 y 10 por ciento podrían presentar una solicitud para calificar.

¡Ojo! Aunque una persona calificada podría solicitar un permiso de trabajo, eso no significaría una residencia permanente. La acción del Presidente Obama representa un paso favorable para muchos, pero es el Congreso que tendría que promulgar una reforma más amplia y permanente.

Aviso: El gobierno federal ha hecho un aviso que tardará hasta 60 días en implementar el proceso. Hasta finalizar el proceso, se rechazará cualquier solicitud. No hay listas de espera. Es decir, cuidado con los estafadores.

Opino que el Presidente Obama ha impulsado un cambio favorable. Pero hay que seguir abogando. El Congreso debería actuar para hacer permanente este cambio y para extender el trato humanitario a todos los indocumentados que han contribuido tanto al estado y al país.

domingo, 8 de julio de 2012

SB1070: La Corte Suprema clarifica la ley migratoria

En Arizona v. United States, el caso sobre SB1070, la Corte Suprema de los Estados Unidos (“la Corte”) aclaró las leyes migratorias: “Se puede entender que el estado de Arizona está frustrado por los problemas causados por la inmigración ilegal mientras la Nación discute la manera de enfrentar los desafíos de la inmigración, pero el Estado no puede imponer una política suya que mina la ley federal.”

Enfatizando la autoridad federal sobre la inmigración, la Corte rechazó tres cláusulas de la ley SB1070 de Arizona como inconformes a la ley federal. La Corte aceptó una cuarta cláusula que podría establecer un papel estatal de notificación; sin embargo, la Corte notó unas limitaciones importantes y la posibilidad, incluso probabilidad de más pleitos: “Este fallo no impedirá otras demandas en contra de la ley, tanto textualmente como en su aplicación.”

En el caso presente, la Corte tuvo que evaluar una demanda en contra del texto de la ley. Este tipo de demanda es el más difícil de ganar porque “el demandante tiene que demostrar que no existen ningunas circunstancias bajo las cuales la ley debería considerarse válida” (U.S. v. Salerno). Quiere decir que las cláusulas de SB1070 se tuvieron que interpretar de la manera más favorable a sostenerlas.

La Corte indicó que otras demandas en contra del texto de la ley son posibles, incluso esperados. La Corte sugirió la inevitabilidad de demandas en contra de la ley en su aplicación.

Las palabras y los detalles cuentan. Establecen contextos constitucionales para las propuestas legislativas y se aplicación. La cautela legislativa es importante, y los legisladores responsables actuarán dentro de los límites hechos por la Corte

Las cuatro cláusulas de SB1070 que estaban en tela de juicio fueron:

§3 ¿Puede Arizona criminalizar el hecho de estar en Arizona sin documentos que demuestran un estatus migratorio autorizado?

§5(C) ¿Puede Arizona criminalizar el hecho de que buscar o tener un trabajo sin un estatus migratorio autorizado?

§6 ¿Puede Arizona autorizar a la policía efectuar un arresto sin una orden de arresto a una persona que se sospecha haber cometido un delito que le hace deportable, incluso si el delito se cometió en otro estado?

§2(B) ¿Puede Arizona mandar a la policía después de un arresto o una parada chequear el estatus migratorio si existe la sospecha razonable que la persona está en el país sin documentos?

Los jueces decidieron cláusula por cláusula y resultó: §3, 6-2 para rechazar; §5(C), 5-3 para rechazar; §6, 5-3 para rechazar; y §2(B), 8-0 para aprobar.

Los comentarios y preguntas de los jueces durante la audiencia el 25 de abril señalaron el fallo. Con respecto a §3 que pretendía criminalizar a nivel estatal el hecho de no poder demostrar un estatus autorizado, la jueza Ginsburg citó la jurisprudencia y dijo, “Nosotros queremos que el sistema federal de registración de extranjeros sea un sistema completamente federal.” El fallo 6-2 rechazando §3 se lee, “la Corte ahora decide con respecto a la registración federal de extranjeros que el Congreso quería impedir a los Estados complementar, extender o regular la ley federal.

Con respecto a §5(C) que pretendía criminalizar a nivel estatal el hecho de tener o buscar un trabajo sin estatus migratorio autorizado, el juez principal Roberts sugirió, “parece que esta cláusula que expandir más allá de los límites del gobierno federal sobre la determinación de las sanciones que debería regir la relación entre el empleado y el empleador […] Arizona, en este caso, está imponiendo algunas sanciones bastante más severas.” El fallo 5-3 rechazando §5(C) se lee, “La historia de la ley relevante indica que el Congreso decidió en contra de imponer sanciones penales a los indocumentados que buscan trabajo. Por consiguiente, una ley estatal que contradice eso supone un obstáculo al sistema regulatorio que eligió el Congreso.”

Con respecto a §6 que pretendía autorizar a la policía efectuar un arresto sin una orden de arresto a una persona que se sospecha haber cometido un delito que le hace deportable, incluso si el delito se cometió en otro estado, algunos jueces expresaron preocupaciones sobre lo difícil que es acertar la deportabilidad de una persona y el lapso de tiempo que podría ocurrir. El fallo 5-3 rechazando §6 se lee, “la estructura federal instruye cuando está permitido arrestar a una persona durante el proceso de deportación.” La Corte mencionó la discreción del fiscal y recomendó cuidado, “§6 pretender dar a la policía una autoridad para arrestar a extranjeros en base a la posibilidad de deportabilidad que es mayor de la autoridad de los agentes federales de inmigración que reciben un entrenamiento especial […] Esto permitiría al Estado imponer su propia política migratoria.” Esto no fue aceptable a la Corte.

Con respecto a §2(B) que pretendía mandar a la policía después de un arresto o una parada chequear el estatus migratorio si existe la sospecha razonable que la persona está en el país sin documentos, el juez principal Roberts dijo, “Todo lo que pretende [este programa estatal] es notificar al gobierno Federal, aquí hay un indocumentado, aquí hay una persona deportable. La decisión de empezar un caso de deportación corresponde al Fiscal General de la Nación (al gobierno Federal).” El fallo 8-0 sosteniendo §2(B) se lee, “El sistema federal por tanto deja un espacio para una política que permite a los oficiales estatales comunicarse con el departamento de inmigración de manera rutinaria.” La Corte sugirió limitaciones: “Detener a los individuos solo para verificar su estatus migratorio sería preocupante en el contexto constitucional.” La Corte también expresó una preocupación sobre cuanto tiempo se podría detener a una persona.

Algo importante de recordar es que este caso no tocó algunos asuntos que podrían ser fundamentales en el futuro. El 25 de abril, 2012, el juez principal Roberts, preguntó al abogado del gobierno Verrilli, “Ninguna parte de tu argumento toca la discriminación étnica o racial, ¿no?” La respuesta fue, “Eso es correcto.”

En la posible expectativa de otros casos en el futuro concerniente §2(B) de SB1070, el fallo se leyó, “Existe una incertidumbre básica sobre lo que significa esta ley y como se implementaría. En este momento, sin el beneficio de una interpretación definitiva de las cortes estatales, no sería apropiado asumir una interpretación de §2(B) que crearía un conflicto con la ley federal.”

Otra vez, parece que la Corte espera otros casos, “Este fallo no impedirá otras demandas en contra de la ley, tanto textualmente como en su aplicación.”

Punto final: La retórica de algunos políticos no coincide con el lenguaje moderado y equilibrado del fallo de la Corte. La Corte ha enfatizado otra vez que la autoridad sobre la inmigración es federal con un espacio limitado a los estados. El espacio de los estados puede reducirse aún más conforme con otros casos.

martes, 22 de mayo de 2012

SB1070 llega a la Corte Suprema: un paso para aclarar la ley


El 25 de abril, la Corte Suprema tuvo la audiencia en el caso “Arizona v. United States.” Se trataba de SB1070, la famosa ley migratoria de Arizona. Los jueces extendieron la audiencia 20 minutos más de los 60 minutos programados para escuchar los argumentos de los abogados. Se espera la decisión en junio.

Es importante señalar que la pregunta fundamental en el caso no tenía que ver con la discriminación. Otras organizaciones se han entablado demandas sobre eso, pero todo en su momento. El asunto en el caso presente es si algunas provisiones la ley SB1070 de Arizona entran en conflicto con las leyes federales.

Especificamente, las provisiones son cuatro:

1. [2(B) de la ley] ¿Puede Arizona mandar a la policía después de un arresto o una parada chequear el estatus migratorio si existe la sospecha razonable que la persona está en el país sin documentos?

2. [3 de la ley] ¿Puede Arizona criminalizar el hecho de estar en Arizona sin documentos que demuestran un estatus migratorio autorizado?

3. [5(C) de la ley] ¿Puede Arizona criminalizar el hecho de que buscar o tener un trabajo sin un estatus migratorio autorizado?

4. [6 de la ley] ¿Puede Arizona autorizar a la policía efectuar un arresto sin una orden de arresto a una persona que se sospecha haber cometido un delito que le hace deportable, incluso si el delito se cometió en otro estado?

Los casos legales son muy diferentes de la política, y Paul Clement, el abogado representando a Arizona, en ningún momento presentó a Arizona como ejemplo o modelo para el país. Enfatizaba que Arizona quería cooperar con el gobierno federal dentro de su sistema.

Es imposible saber a ciencia cierta lo que opinan los jueces, pero tocando la primera provisión, los jueces daban señales.  El Juez John Roberts dijo que Arizona “solo notifica al gobierno federal” respetando al autoridad federal de “decidir que sí o que no abrir un proceso migratorio.” La Jueza Sonia Sotomayor dijo que el argumento en contra de la provisión “no estaba persuadiendo mucho” y sugirió que Donald Verrilli, el abogado representando al gobierno federal, “presentaba un argumento diferente.”

Parece que la Corte Suprema va a aceptar la primera provisión como algo conforme con la Constitución y las leyes federales.

Por otro lado, parece que la Corte Suprema puede rechazar las otras provisiones como algo conforme con la Constitución.

Con respecto a la provisión 2, los Jueces Samuel Alito, Anthony Kennedy y Ruth Ginsburg expresaron dudas sobre si entraba en conflicto con un sistema federal único de registración de extranjeros y algunas circunstancias consecuentes.

Con respecto a la provisión 3, el Juez Roberts expresó que SB1070 “parecía ir más allá del gobierno federal” en el sentido de castigar a los trabajadores indocumentados y en “imponer sanciones bastante más severas.” Los Jueces Kennedy, Sotomayor y Ginsburg también indicaron algunas dudas.

Con respecto a la provisión 4, parece que existía la duda acerca de detenciones alargadas y la necesidad de coordinar entre varias jurisdicciones, lo cual suele resultar complicado en varios sentidos, en términos de los recursos y el tiempo.

La decisión de la Corte Suprema debería aclarar los límites de los estados en el campo de hacer cumplir las leyes de inmigración; sin embargo, queda bastante camino para la resolución de los desafíos políticos y legales sobre el asunto.

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