En la Corte Federal del Distrito de Columbia, el juez Beryl A. Howell desestimó la demanda de Joseph Arpaio, Sheriff de Maricopa Arizona, en contra del presidente Barack Obama por su acción migratoria.
En una petición para una medida cautelar en contra de la acción migratoria, Arpaio alegó que la acción diferida para los llegados en la infancia ("DACA" por sus siglas en inglés) y la política migratoria anunciada el 20 de noviembre de 2014 sobrepasaban los límites constitucionales. Para ganar una medida cautelar, el demandante tiene que demostrar 1. la probabilidad de una victoria sobre los méritos, 2. la probabilidad de daño irreparable en la ausencia de la medida cautelar, 3. la balanza de las equidades está a favor suyo, y 4. el interés público de la medida cautelar (Vea Arpaio v. Obama).
El juez Howell notó que Arpaio admitió que "ni él ni otra policías estatales o locales tienen autoridad" sobre inmigración. Sin embargo, la demanda pidió la medida cautelar en contra de tres programas federales.
Para proseguir con el caso, cualquier demandante tiene que demostrar 1. que sufre o sufriría un daño directo, 2. que el daño directo ocurre o ocurriría a causa de la conducta cuestionada, y 3. que una decisión favorable por parte de la corte remediaría el daño.
El juez Howell desestimó la demanda de Arpaio por no haber satisfecho los requisitos legales. Los daños alegados fueron especulativos y no directos. El juez indicó que los programas de acción diferida en la acción migratoria de Obama están limitados a las personas que demuestran haber vivido en Estados Unidos desde el 1 de enero de 2010. El juez señalo lo que parece ser un fallo en la lógica de la demanda: el impacto de la acción migratoria en el flujo de nuevos inmigrantes es especulativo.
Este mismo fallo de lógica aparece en la demanda de veintitantos estados, inclusive Utah, en contra de la acción migratoria.
El juez Howell tampoco encontró un vínculo entre el daño alegado por Arpaio y la acción migratoria. Decidiendo el punto tres, el juez Howell declaró que incluso una decisión favorable de la corte en favor de Arpaio no podría remediar el daño alegado.
El juez Howell agregó que una medida cautelar no serviría el interés público ni una balanza de la equidades.
Por estas razones, el 23 de diciembre de 2014, el juez Howell desestimó la demanda de Arpaio.
En una petición para una medida cautelar en contra de la acción migratoria, Arpaio alegó que la acción diferida para los llegados en la infancia ("DACA" por sus siglas en inglés) y la política migratoria anunciada el 20 de noviembre de 2014 sobrepasaban los límites constitucionales. Para ganar una medida cautelar, el demandante tiene que demostrar 1. la probabilidad de una victoria sobre los méritos, 2. la probabilidad de daño irreparable en la ausencia de la medida cautelar, 3. la balanza de las equidades está a favor suyo, y 4. el interés público de la medida cautelar (Vea Arpaio v. Obama).
El juez Howell notó que Arpaio admitió que "ni él ni otra policías estatales o locales tienen autoridad" sobre inmigración. Sin embargo, la demanda pidió la medida cautelar en contra de tres programas federales.
Para proseguir con el caso, cualquier demandante tiene que demostrar 1. que sufre o sufriría un daño directo, 2. que el daño directo ocurre o ocurriría a causa de la conducta cuestionada, y 3. que una decisión favorable por parte de la corte remediaría el daño.
El juez Howell desestimó la demanda de Arpaio por no haber satisfecho los requisitos legales. Los daños alegados fueron especulativos y no directos. El juez indicó que los programas de acción diferida en la acción migratoria de Obama están limitados a las personas que demuestran haber vivido en Estados Unidos desde el 1 de enero de 2010. El juez señalo lo que parece ser un fallo en la lógica de la demanda: el impacto de la acción migratoria en el flujo de nuevos inmigrantes es especulativo.
Este mismo fallo de lógica aparece en la demanda de veintitantos estados, inclusive Utah, en contra de la acción migratoria.
El juez Howell tampoco encontró un vínculo entre el daño alegado por Arpaio y la acción migratoria. Decidiendo el punto tres, el juez Howell declaró que incluso una decisión favorable de la corte en favor de Arpaio no podría remediar el daño alegado.
El juez Howell agregó que una medida cautelar no serviría el interés público ni una balanza de la equidades.
Por estas razones, el 23 de diciembre de 2014, el juez Howell desestimó la demanda de Arpaio.
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