Pregunta
frecuente: “¿Cuánto tiempo tardará este proceso legal en resolverse?”
Respuesta
frecuente: “Depende.”
Parece
chiste o frustrante para mucha gente, pero es la respuesta honesta: hay que
tener paciencia con los procesos legales. Eso no quiere decir que un abogado o
ayudante pueda cobrar honorarios excesivos. Ni mucho menos. A veces, la mejor
opción es no hacer nada por ahora para esperar el momento oportuno para una
acción.
Los
servicios de ciudadanía e inmigración avisan que la ayuda equivocada puedeperjudicarte. Lo mismo diría sobre la acción equivocada, que podría ser la
acción adelantada o hecha demasiado de prisa. El pánico y la desesperación son
ingredientes comunes para el engaño. Aunque sea difícil, es mejor tomar todo
con calma, con filosofía.
He
escrito varios artículos que señalan el fundamento legal de la acción
migratoria del presidente Obama, una acción anunciada el 20 de noviembre de
2014 que incluía los programas de acción diferida para los llegados en la
infancia (antes de los 16 años) y para algunos padres indocumentados de
ciudadanos o residentes permanentes. Opino sin reservas que la acción
migratoria de Obama es legal y que las cortes de apelación desbloquearán dentro
de unas semanas o meses la acción migratoria que ahora se encuentra frenada por
la decisión equivocada e política de un juez del distrito sur de Texas.
La administración del presidente Obama ya ha apelado al Quinto Circuito. Si esa corte de apelaciones no desbloquea la acción migratoria, el paso siguiente sería la Corte Suprema.
¿Es
legal la acción migratoria del presidente Obama?
En vez
de repetir mi opinión, baso la respuesta en un documento publicado el 13 demarzo de 2015 en la página de la internet de la facultad de derecho de PennState University. (Estudié la carrera de economía en Penn State y he sido
durante más de veinticinco años un miembro de la asociación de alumnos de esa
universidad.) El documento que
fundamenta la acción migratoria lleva las firmas de más de cien profesores de
derecho de inmigración.
Dos
puntos principales en el documento son:
1. La
autoridad legal para la discreción del fiscal en el campo migratorio—En la ley
de inmigración y nacionalidad, está claro que mucha autoridad reside con los
agentes del gobierno encargados con la ejecución y la práctica de las leyes y
estatutos. La Corte Suprema ha opinado sobre la autoridad del ejecutivo. “Los
estatutos y la jurisprudencia de La Corte Suprema forman parte del fundamento
multi-dimensional para la discreción del fiscal y la existencia de programas
como la acción diferida para padres de ciudadanos o residentes permanentes.”
2. El
papel específico de la acción diferida: La acción diferida es un tipo de la
discreción del fiscal que ha existido durante mucho tiempo. Los profesores de
derecho señalaron jurisprudencia de 1999 que indicaba específicamente que “la
acción diferida fue un ejercicio de la discreción del fiscal, una elección de
interrumpir o abandonar el intento de deportar a alguien, de ofrecer a esa
persona una protección temporal en contra de la deportación.” Los profesores de
derechos también declararon que existen más de veinte formas de discreción del
fiscal que existen en el campo migratorio.
La
acción migratoria que incluye DACA y DAPA, los programas para los llegados en
la infancia y para los padres de ciudadanos y residentes permanentes, es legal.
Sin embargo, el proceso legal para desbloquear la implementación del los
programas, DACA en febrero y DAPA en mayo, avanza lentamente.
Soy
optimista que el asunto legal podría resolverse dentro de unos meses para
permitir la implementación de DAPA como estaba programado. Dicho eso, cautela.
No hay prisa y nadie tiene que adelantarse. No hay lista de espera, y esto no es
una carrera de atletismo. La preparación es importante, pero para empezar el
proceso, es importante esperar el momento.